Ñoño Núñez sufre revés judicial por desvío millonario
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible un recurso presentado por la defensa de Óscar Venancio “Ñoño” Núñez Giménez, exgobernador de Presidente Hayes condenado por desviar más de G. 42.500 millones durante su administración. El político, hermano del presidente del Congreso Nacional, fue sentenciado a 11 años de prisión e inhabilitado por una década para ejercer cargos públicos.
La defensa intentó impugnar una providencia que ordenaba la remisión del expediente a la Sala Constitucional para el estudio de una acción de inconstitucionalidad. Sin embargo, los ministros Benítez Riera, Llanes y Martínez Simón concluyeron que el recurso era improcedente al no haber sido dictado por un tribunal de alzada.
El expediente sigue paralizado a la espera de la resolución de una recusación presentada contra los camaristas del Tribunal de Apelación Multifueros de Presidente Hayes, instancia que debe estudiar el fondo del recurso de apelación. La competencia de dicho tribunal fue cuestionada, pero ratificada en mayoría por la Corte Suprema, pese a la disidencia de la ministra Carolina Llanes.
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La causa tiene implicancias políticas y judiciales de alto perfil, dado el peso del clan Núñez en el departamento de Presidente Hayes y la Cámara Alta. Además de Núñez, otros cuatro exfuncionarios fueron condenados por su implicancia en el mismo esquema, incluyendo exgobernadores y administradores.
El Ministerio Público, a través del fiscal Omar Said, sostuvo que la pena de 11 años fue aplicada correctamente conforme al artículo 65 del Código Penal, atendiendo los elementos agravantes del caso. La Fiscalía también pidió mantener la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por 10 años adicionales.
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Said argumentó que el Tribunal de Sentencia actuó conforme a derecho, considerando el daño patrimonial causado, la falta de reparación y el aprovechamiento del cargo. Calificó como infundados los argumentos de la defensa respecto a supuestas irregularidades en la fundamentación de la sentencia.
Fuente: ABC Color
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