DNIT reduce interés para pagar impuestos en cuotas desde septiembre

El cambio regirá para las facilidades otorgadas desde el 1 de septiembre de 2026 y alcanza a tributos administrados por Impuestos Internos de la DNIT.

La DNIT reducirá la tasa de interés para pagar impuestos en cuotas desde el 1 de septiembre de 2026. La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios aplicará un interés mensual del 1,4 % a las nuevas facilidades de pago. Actualmente, la tasa vigente es del 1,5 % mensual.

La modificación fue establecida por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto N.º 6478/2026. La disposición alcanza a los tributos administrados por la Gerencia General de Impuestos Internos de la DNIT. Según la institución, el ajuste busca adecuar las condiciones de regularización tributaria al escenario económico vigente.

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En términos concretos, los contribuyentes con obligaciones pendientes podrán financiar sus deudas mediante cuotas autorizadas por la administración tributaria. Sobre el saldo financiado se aplicará la nueva tasa mensual del 1,4 %. La reducción representa una disminución de 0,1 puntos porcentuales frente al esquema actual.

DNIT reduce la tasa para las facilidades de pago

La normativa establece que la tasa aplicada a las facilidades de pago de la DNIT debe ser inferior al recargo por mora tributaria. Este criterio está contemplado en la Ley N.º 125/1991, que regula impuestos sobre ingresos, consumo y procedimientos fiscales en Paraguay.

Actualmente, el Poder Ejecutivo mantiene en 1,5 % mensual el interés moratorio correspondiente a obligaciones tributarias vencidas. Por ese motivo, la nueva tasa de financiación del 1,4 % permanece por debajo de ese límite. El cambio comenzará a aplicarse únicamente a los planes concedidos desde septiembre.

Gobierno actualiza el costo de financiar impuestos

Entre los fundamentos del Decreto N.º 6478/2026, el Ejecutivo señaló la necesidad de ajustar el costo financiero a las condiciones económicas actuales. También busca mantener un equilibrio entre las herramientas disponibles para regularizar deudas tributarias y la administración de los recursos fiscales.

La DNIT había solicitado la modificación luego de analizar informes técnicos y jurídicos elaborados por sus dependencias. La institución planteó actualizar el interés cobrado en los convenios de pago utilizados por contribuyentes para cancelar obligaciones fiscales pendientes mediante cuotas.

Con la entrada en vigencia del nuevo esquema, quedará sin efecto el Decreto N.º 5028/2021. Desde el 1 de septiembre, las nuevas facilidades concedidas por la DNIT estarán sujetas al interés mensual del 1,4 %. La modificación no altera el recargo moratorio, que continuará fijado en 1,5 % mensual.

Fuente: ABC C.

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