Multan a Ibai Llanos por incumplir normas sobre publicidad en redes

La autoridad reguladora española aplicó multas a tres reconocidos creadores de contenido por infracciones detectadas en publicaciones difundidas en redes sociales.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España sancionó a los influencers Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter por incumplimientos de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Las infracciones fueron detectadas en contenidos publicados en plataformas como YouTube, X, Instagram y Facebook. Las resoluciones abarcan faltas vinculadas a publicidad, protección de menores y promoción de medicamentos.

Según informó RTVE, la CNMC determinó que los tres creadores de contenido incumplieron distintas obligaciones previstas en la normativa española. La autoridad recordó que estas reglas alcanzan a los denominados “usuarios de especial relevancia”, categoría que comprende a generadores de contenido con amplio alcance digital, sin importar la plataforma utilizada.

Publicidad, menores y medicamentos entre las infracciones

Ibai Llanos fue sancionado por difundir videos en X durante la presentación de artistas de su evento La Velada con presencia de una marca de bebidas sin identificar claramente que se trataba de contenido publicitario. La multa inicial fue de 710 euros, equivalente a unos G. 4.900.000, y quedó reducida a 568 euros, cerca de G. 3.920.000, tras acogerse al pago anticipado.

Por su parte, Jordi Wild recibió una multa inicial de 1.543,44 euros, aproximadamente G. 10.650.000, por no incluir clasificación por edad, advertencias sobre el contenido ni mecanismos para restringir el acceso de menores durante la transmisión en YouTube del evento Dogfight Wild Tournament. Tras adelantar el pago, el monto quedó en 1.241,95 euros, unos G. 8.570.000.

La CNMC recuerda las obligaciones para influencers

Nachter fue sancionado por publicar contenido comercial sobre productos antigripales en Instagram y Facebook sin cumplir los requisitos legales para la publicidad de medicamentos. Entre ellos figuran la obligación de recomendar la lectura del prospecto y la consulta con un profesional sanitario. La multa pasó de 1.779,94 euros, cerca de G. 12.280.000, a 1.067,96 euros, alrededor de G. 7.370.000, luego de admitir la responsabilidad y realizar el pago anticipado.

La CNMC reiteró que las normas de transparencia publicitaria y protección de los espectadores son obligatorias para los creadores de contenido considerados de especial relevancia. Además, aclaró que estas exigencias se aplican independientemente de la red social o plataforma donde se difundan los contenidos.

Fuente: ABC C.

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