Tribunal responsabiliza a la Fiscalía por sentencia en caso de abuso
El magistrado Jorge Giménez argumentó que la condena que el tribunal impuso al hombre fue porque la Fiscalía no reunió las testificales del doctor que hizo la inspección médica a la víctima luego de la denuncia del hecho.
Alegó además que tampoco presentó las pruebas de la sicóloga que dirigió la cámara gesell, donde la menor contó lo que le sucedió, indica Última Hora.
Mencionó que durante el juicio solo se presentaron tres testigos en; una tía de la víctima que realizó la denuncia y otras dos personas que hablaron a favor del acusado.
Asimismo sostuvo que hubiera sido importante contar con el relato de la víctima tomado por la sicóloga.
Con relación al punto, volvió a arremeter contra la Fiscalía, ya que se efectuó la Cámara Gesell dos años después de la denuncia.
Por su parte Hugo Ríos, otro integrante del Tribunal de Sentencia de Paraguarí, puntualizó que actuaron conforme al derecho.
Así también coincidió que no se presentaron los elementos probatorios necesarios para una mayor condena y que además hubo otras circunstancias a favor del condenado.
Ambos jueces alegaron que el hombre no tenía antecedentes, siempre compareció a las citaciones judiciales, tenía predisposición para el caso y que ya estuvo en prisión preventiva por ocho meses.
Por dicha razón dos años con suspensión de la ejecución de la pena.
Blas Venancio Gómez Barrios, chofer de la Empresa Paraguarí, tiene que cumplir una serie de reglas impuestas por los magistrados que de incumplirlas inmediatamente irá a la cárcel.
Por otra parte el juez Martínez explicó por qué utilizó la palabra “felizmente no hubo coito”.
Indicó que expresó dicha frase dijo a la víctima por los daños que le pudiera haber causado el hecho de ser violada.
Finalmente ambos manifestaron que la legislación sobre la pena por abuso, ya que la máxima es solo de tres años.
El dato
Desde el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) anunciaron que se investigará la sentencia impuesta por un tribunal a un hombre enjuiciado por abusar de su hijastra. El hecho se registró en Paraguarí.
El magistrado Jorge Giménez Samaniego consideró que el condenado no cumpla el castigo en la cárcel, ya que lo supone un “tipo lindo, preparado, que sabe hablar”, por lo que apostó por él y lo benefició con medidas como no acercarse a la menor durante dos años y no salir del país.
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