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Decretan régimen especial para el comercio en zonas fronterizas

A través de un decreto firmado por Mario Abdo Benítez las ciudades fronterizas cuentan con un régimen de turismo con depósito aduanero especial.

Comercio fronterizo. Foto: Twitter Presidencia.

A fin de activar el comercio fronterizo, el Poder Ejecutivo decretó el régimen de turismo con depósito aduanero especial a mercaderías importadas de consumo de turismo para personas físicas no domiciliadas en el país.

Esta disposición será aplicada en Encarnación, Ciudad del Este, Salto del Guairá y Pedro Juan Caballero.

El Decreto N° 3.742 regirá solamente para personas jurídicas y empresas individuales de responsabilidad limitada, que deberán estar habilitadas por la Dirección Nacional de Aduanas.

La comercialización se realizará únicamente con personas que no residen en territorio nacional ya sea de forma presencial, directa, electrónica o tecnológica equivalente.

La normativa también establece que el valor máximo de comercialización será de USD 1.000 de los Estados Unidos de América por mes y por cada persona física no residente en el país.

Los contribuyentes tendrán que contar con comprobantes de ventas. Dichos documentos deberán estar debidamente identificados con el nombre y apellido de la persona no domiciliada en el país, tipo y número de documento de identidad, país de residencia, también se deberá adjuntar una copia simple o escaneada del documento de identidad o pasaporte del comprador.

Para estar regidos bajo el decreto, los comerciantes tendrán que contar con una garantía de USD 100.000 a satisfacción y  la orden de Aduanas, informó Radio 1000 AM.

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