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Ejecutivo da a conocer las nuevas restricciones para esta semana

El Poder Ejecutivo dio a conocer el decreto mediante el cual se establecen nuevas medidas para mitigar la expansión del Covid-19.

Ilustración. Foto: IP.

Mientras los contagios y las muertes van en aumento, el Poder Ejecutivo decidió relajar nuevamente las medidas que fueron endurecidas durante la Semana Santa.

El decreto establece las medidas a ser cumplidas entre el 5 y el 12 de abril. Estipula que la circulación se realizará desde las 05:00 a 23:59.

Además de los locales comerciales esenciales, fueron habilitados los no esenciales, con disposiciones específicas (ver decreto abajo).

Los locales gastronómicos (bar, café, restaurantes) podrán operar desde las 05:00 hasta las 23:59, con agendamiento previo y con hasta un máximo de cuatro personas por mesa; con distanciamiento de dos metros entre mesas. No están habilitadas las barras y se precisa el uso intermitente y obligatorio de mascarillas.

Las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 23:59 a 05:00, se deja en claro.

Se habilita el retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial. Estará sujeto al “Protocolo y Guía Operativa para el Retorno Seguro a Instituciones Educativas 2021”, que tenga el parecer favorable del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo (CEIGR).

Están habilitados los eventos sociales de 05:00 hasta las 23:59, con un máximo de hasta 100 personas. Con hasta seis personas por mesas, con dos metros de distanciamiento entre mesas. También se aplicará el uso intermitente y obligatorio de mascarillas.

Los encuentros en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta 12 personas presentes. Los funcionarios públicos trabajarán de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas.

En cuanto a las actividades físicas se estipula lo siguiente:

-Se permite la actividad física para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de hasta cuatro personas.

-Se permite la práctica deportiva en grupos de hasta cuatro (4) personas, en locales habilitados por el Ministerio de Salud.

No se permiten las competencias deportivas, es decir torneos, en ninguna de sus modalidades.

Se permiten clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados garantizando cuatro metros entre personas.

Las actividades del sector cultural y creativo podrán ser realizadas de 05:00 a 23:59, con un aforo máximo de 75 personas sentadas. El uso de tapabocas es obligatorio en este caso.

Las actividades de culto deberán llevarse a cabo con un máximo de 75 personas en espacios cerrados y hasta 100 personas en espacios abiertos o al aire libre.

Se aplicará un estricto control en los principales accesos a la capital y ciudades del Área Metropolitana.

Los detalles en el decreto: