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Salud recuerda que por ley empresas deben dar permiso para vacunación

La cartera sanitaria recalcó que existe una normativa que establece licencia remunerada a los trabajadores que deben vacunarse o acompañar a un adulto.

Fila para vacunación. Foto: IP.

El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social recordó a los empleadores que existe una normativa vigente para que sus funcionarios vayan a vacunarse o acompañen a un adulto al vacunatorio, durante el horario laboral.

Esta es la Resolución 623/2021 del Ministerio de Trabajo que habilita a los patrones a otorgar la licencia remunerada para que sus empleados acudan a los centros de vacunación.

Las licencias deberán ser solicitadas por escrito por parte del funcionario y deberá contar con la aprobación también por escrito y comunicado dentro de los 30 días hábiles a la Dirección de Registro Obrero Patronal de la cartera de Estado.

La resolución se basa en el artículo 62, inciso H del Código Laboral que establece la obligación del empleador de dar licencia al trabajador para cumplir con sus obligaciones personales impuestas por leyes o disposiciones del Gobierno. El empleador no está obligado a reconocer por estas causas, más de dos días remunerados en cada mes y no más de 15 días en el mismo año. Si el empleador no cumple con esta disposición puede ser sancionado.

El Ministerio de Salud menciona en su portal que la vacunación en un derecho de todos, por lo que los trabajadores deberán contar con la licencia.