Decreto habilita presencia de público en estadios y competencias deportivas
De acuerdo al documento, comenzará a regir este miércoles 25 de agosto, hasta el 7 de setiembre. El horario de circulación se extenderá de 05:00 a 02:00.
Además de lo mencionado, una de las novedades consiste en que las instituciones de Educación Superior, es decir universidades y otras, podrán optar por la modalidad semipresencial, bajo protocolo.
Los eventos sociales se realizarán bajo la responsabilidad de una persona física o jurídica determinada, quien deberá controlar que los participantes cumplan con ciertos delineamientos como el uso de mascarillas, entre otras cuestiones. En espacios cerrados la asistencia podrá llegar a las 200 personas, mientras que en espacios al aire libre hasta 350.
En cuanto a las actividades particulares residenciales, está permitido un máximo de 25 personas presentes, incluyendo a los convivientes.
En otro punto importante se señala que se permite la práctica deportiva colectiva de entretenimiento, participación y competencias cumpliendo las medidas sanitarias vigentes y las normativas del Ministerio de Salud, es decir los torneos de fútbol, por ejemplo, ya están habilitados.
También se habilita la presencia de público en estadios, cuestión que debe estar coordinada entre el Ministerio de Salud y la Secretaría Nacional de Deportes. Todo esto, conforme con el protocolo previamente aprobado por la cartera sanitaria.
Los detalles en el documento de abajo:
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