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Ley de exoneración de pasajes para discapacitados: Vigencia y denuncias

La normativa que garantiza el acceso gratuito al transporte para personas con discapacidad sigue activa en todo el territorio nacional, pese a reportes de incumplimientos. Descubrí dónde y cómo efectuar denuncias.

Imagen Ilustrativa. MOPC.

Desde su modificación en 2020, la ley exime del pago de pasajes en el transporte público a personas con discapacidad. Sin embargo, recientes informes sugieren que la aplicación de esta normativa enfrenta obstáculos, con incidentes de incumplimiento por parte de algunas empresas de transporte.

Un incidente destacado, difundido a través de medios digitales, mostró a un conductor de bus negando el acceso gratuito a un individuo con discapacidad auditiva, contraviniendo lo estipulado por la Ley 6556/2020.

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Ariel Ruiz Díaz, consultor en comunicación inclusiva, enfatizó la universalidad de esta ley, destacando que su alcance es nacional, independientemente de si la persona con discapacidad posee o no el carnet emitido por la Senadis.

La legislación asegura el acceso gratuito no solo a individuos con discapacidad visual, sino también a sus acompañantes.

A pesar de la claridad legislativa, persisten reportes de negativas y obstáculos por parte de operadores de servicios de transporte, especialmente en rutas de mediana y larga distancia.

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El Viceministerio de Transporte (VMT) y la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran) son las entidades designadas para recibir y procesar las denuncias relacionadas con el incumplimiento de la exoneración de pasajes.

Los canales habilitados para denuncias son el Viceministerio de Transporte en el número (0986) 898600 y la Dinatran en el (0962) 352235 o en su página web.

Fuente: ABC.