Inicia pago del Impuesto a la Renta Personal por contribuyentes
Desde este jueves, se estima que aproximadamente 290.000 individuos se encuentran en la obligación de efectuar la liquidación correspondiente al Impuesto a la Renta Personal (IRP) del ejercicio fiscal del año 2023.
Los sujetos con RUC terminado en 0 serán los primeros en proceder con la presentación de sus declaraciones juradas mediante el Sistema Marangatú.
Inició el plazo para pagar el IRP correspondiente al ejercicio 2023
Ever Otazu, gerente general de Impuestos Internos de la Dirección Nacional de Tributación (DNIT), explicó que el IRP se aplica a las rentas de servicios y a las ganancias de capital, según el modelo… pic.twitter.com/nysxxDYaZu
— Monumental AM 1080 (@AM_1080) March 7, 2024
Según fue comunicado por Ever Otazú, gerente general de Impuestos Internos de la Dirección Nacional de Tributación (DNIT), en una entrevista a radio Monumental 1080, es imperativo que los contribuyentes se pongan al día con el IRP del año fiscal en curso.
Se destaca que más de 290.000 personas están afectadas por este tributo, el cual aplica a las remuneraciones obtenidas a lo largo del año, sujetas a tributación al exceder los G. 80 millones.
Durante la entrevista, Otazú clarificó que los ingresos por ganancias de capital, resultantes de la venta de bienes muebles o inmuebles o por cesiones de derechos, se clasifican aparte de las remuneraciones habituales. Estos ingresos, específicamente de inmuebles, se categorizan como ganancias de capital, excluyéndose del umbral de G. 80 millones destinado principalmente para salarios y remuneraciones de trabajadores dependientes e independientes.
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Además, se precisó que los obligados al pago del IRP deben registrarse en el régimen tributario apropiado dentro de los 30 días siguientes a la generación de la renta. Posteriormente, deben presentar la declaración determinativa y realizar el pago del impuesto correspondiente. “Los vencimientos inician hoy, distribuyéndose cada dos días según el último dígito de la cédula de identidad”, explicó Otazú, detallando el cronograma de vencimientos.
Los contribuyentes que no cumplan con el plazo establecido se enfrentarán a sanciones económicas, incluidas multas y recargos por mora. Estas penalizaciones varían entre el 6% y el 14%, dependiendo del tiempo de retraso, además de los intereses calculados diariamente como accesorios legales.
Fuente: Última Hora.
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