Ministerio de Salud actualiza reglas sobre vacunación contra fiebre amarilla para viajeros
El Ministerio de Salud Pública anunció la actualización de la normativa relacionada con la vacunación contra la fiebre amarilla, aplicable a viajeros que ingresen o salgan del país hacia zonas consideradas de riesgo. La medida, vigente desde el 27 de diciembre de 2024, busca reforzar la prevención frente a esta enfermedad.
Entre los principales cambios, el Artículo 3 establece que cualquier ciudadano paraguayo o extranjero con residencia en el país que provenga de una zona de riesgo y no presente el certificado internacional de vacunación será sometido a control sanitario durante seis días tras su ingreso. Esta disposición responde a las alertas epidemiológicas emitidas por la OPS/OMS.
| Paraguay actualiza normativa sobre vacunación contra la fiebre amarilla para viajeros
El MSPyBS estableció nuevas disposiciones para el ingreso y salida de personas a zonas de riesgo de #FiebreAmarilla, actualizando la normativa vigente desde el 27 de diciembre de 2024. pic.twitter.com/NfLnQJ53rw
— Ministerio de Salud (@msaludpy) December 27, 2024
La lista de zonas de riesgo fue actualizada, incluyendo regiones específicas de Bolivia, Brasil, Colombia, Guyana y Perú. Sin embargo, el Estado de Paraná fue excluido del listado. El Ministerio de Salud aclaró que el catálogo será dinámico y dependerá de la situación epidemiológica regional.
Diversas instituciones están involucradas en el cumplimiento de estas medidas. La Dirección Nacional de Migraciones, el Ministerio del Interior, Senatur y entidades binacionales trabajarán en conjunto para garantizar la aplicación de controles en puntos de ingreso y salida. Además, Senacsa y el Ministerio de Agricultura apoyarán en el monitoreo de vectores en zonas rurales.
Salud establece una nueva normativa
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— Unicanal (@Unicanal) December 29, 2024
El Ministerio recordó que la vacuna contra la fiebre amarilla debe aplicarse al menos 10 días antes de viajar a zonas de riesgo.
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Aquellas personas que no puedan vacunarse por razones médicas deberán presentar un certificado médico y someterse a un control sanitario de seis días. Menores de un año y mayores de 59 años están exentos de esta exigencia.
Fuente: Agencia IP
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