JEM remueve a fiscala Giménez pese a su renuncia anticipada
En una sesión extraordinaria celebrada recientemente, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) tomó la decisión unánime de remover del cargo a la fiscala Casse Evelyn Giménez Jiménez. Esta resolución, que incluye la imposición de costas, se produce tras declarar a Giménez culpable de mal desempeño en sus funciones.
La sesión, presidida por la Dra. Alicia Pucheta Vda. de Correa, contó con la participación de miembros titulares del JEM, incluyendo al consejero Enrique Berni, los senadores Derlis Maidana y Mario Varela, los ministros de la Corte Manuel Ramírez Candia y César Garay Zuccolillo, así como las diputadas Del Pilar Vázquez y Betina Aguilera.
Decisiones Adoptadas en la #SesiónExtraordinaria de fecha 16 de julio de 2024
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.#JEMPy pic.twitter.com/YgqsgCulAf— Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (@Jem_py) July 16, 2024
Es importante destacar que esta decisión se tomó a pesar de que Giménez había presentado su renuncia indeclinable ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el propio JEM el 15 de julio. Sin embargo, al no haber recibido notificación oficial de la aceptación de su dimisión por parte de la máxima autoridad judicial, el JEM procedió a tratar la sentencia en el marco del juzgamiento por mal desempeño de funciones.
El caso contra Giménez se originó a partir de una acusación presentada por el exsenador Jorge Oviedo Matto, relacionada con un audio que lo involucraba en un supuesto hecho de tráfico de influencias. La causa, caratulada como “Jorge Antonio Oviedo Matto c/ ABG. CASSE EVELYN GIMÉNEZ”, se centró en las acciones de la fiscal en su rol como Agente Fiscal de la Unidad Penal N° 2 de Villeta.
Leé más: Fiscal Casse Giménez renuncia antes de juicio en JEM
Durante la argumentación de la sentencia, el ministro de la Corte César Garay Zuccolillo señaló que Giménez había prestado declaración testifical el 24 de noviembre de 2020 en el marco de un juicio oral por tráfico de influencias. Garay destacó que, según el Tribunal de Sentencias, Giménez había faltado a la verdad, supuestamente fraguando audios que involucraban a Oviedo Matto.
Garay Zuccolillo enfatizó que las acciones de Giménez constituían una violación del artículo 14 inciso h de la Ley N° 6814/2021, que se refiere a “cometer actos u omisiones que constituyen inmoralidad en su vida pública o privada y sean lesivas a su investidura”. El ministro argumentó que las falsas declaraciones realizadas en la esfera pública socavan la investidura del magistrado.
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La gravedad de las acusaciones contra Giménez se vio amplificada por las consecuencias de sus declaraciones, que incluyeron la renuncia del acusador a su curul en dos ocasiones. Estos hechos fueron considerados como agravantes en la decisión del JEM.
Fuente: ABC.
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