Caso Arrayanes: confirman juicio oral contra único acusado, Óscar Ruiz
Un Tribunal de Apelación en lo Penal confirmó que la causa contra Óscar Daniel Ruiz Fernández, representante de la firma Epro SA y único acusado en el caso Arrayanes, deberá ser estudiada en juicio oral. El procesado enfrenta cargos por homicidio culposo y otros hechos vinculados a la muerte de Rodolfo de Jesús Núñez Scolari, quien falleció electrocutado el 16 de septiembre de 2023 en el complejo deportivo Arrayanes, del cual Ruiz es sublocatario.
La decisión ratifica lo resuelto previamente por el juez penal de garantías Mirko Valinotti, quien en marzo admitió la acusación del Ministerio Público y elevó la causa a juicio. Durante la audiencia preliminar, la fiscala Silvia González sostuvo su requerimiento conclusivo, al igual que la abogada querellante Teresa Servín. Por su parte, la defensa había apelado varios puntos de la resolución, alegando que se habían rechazado incidentes sobre exclusión de testigos y nulidad de la acusación, lo cual consideraba violatorio de normas formales.
Unite al canal de RDN en Whatsapp
Los camaristas analizaron los argumentos. La magistrada Bibiana Benítez Faria señaló que, conforme a la doctrina, “no todo vicio acarrea nulidad” y que la sanción solo procede cuando está prevista por ley o cuando el acto procesal carece de requisitos esenciales. Indicó que en este caso no se verificaban esas condiciones y que no existían violaciones a garantías constitucionales o procesales. También afirmó que las actuaciones del Ministerio Público no pueden ser atacadas mediante incidente de nulidad, ya que no constituyen decisiones judiciales.
El camarista Arnaldo Fleitas coincidió con ese criterio y sostuvo que no existía fundamento para anular la acusación ni para excluir medios probatorios. Añadió que no correspondía disponer un sobreseimiento definitivo. En relación con la inclusión del electricista Carlos Miguel Gómez Olazar como testigo, pese a haber estado imputado inicialmente, el magistrado explicó que esta situación no genera agravios, ya que la declaración indagatoria y la testimonial tienen naturalezas jurídicas distintas y la legislación no prohíbe que una persona antes investigada declare como testigo.
Leé más: Caso Arrayanes: Acusado de homicidio ofrece G. 1.250 millones
Respecto al planteo de que el acusado no habría tenido oportunidad suficiente para ejercer su defensa, los camaristas revisaron las actuaciones del Ministerio Público y concluyeron que el hecho atribuido fue consignado con claridad desde la imputación. También destacaron que el propio procesado solicitó la suspensión de las convocatorias fijadas para su declaración indagatoria en tres oportunidades, lo que incidió en el avance del trámite.
Con este análisis, el Tribunal de Apelación confirmó que la acusación cuenta con respaldo en diversos elementos de convicción y que no existen vicios que afecten la validez del proceso. La causa seguirá su curso hacia el juicio oral y público, donde se evaluarán las responsabilidades penales por la muerte de Rodolfo Núñez.
Fuente: ABC Color
Titulares
Pipó Dios, molesto con Cartes: prefiere vender panchos antes que apoyar a Marito
Cartes y Alliana libran una “guerra de tuits” para mostrar quién tiene más aliados
Basílica de Caacupé renueva sus instalaciones
MEC lanzará bachillerato técnico forestal en 2027
Padres exigen seguridad vial frente a escuela de Trinidad
Lo más leído
- Oficializan reajuste salarial médico tras pacto en Mburuvicha Róga
- BCP reporta fallas en Sipap y afecta transferencias
- IPS pagará aguinaldo a jubilados junto con haberes de noviembre
- Hugo Javier recibe alta médica tras 36 días internado
- Picadura de alacrán: qué hacer y cómo prevenir riesgos
- Ofrecen 80 vacancias laborales en el sector naviero de Paraguay
- Meteorología anuncia tormentas y posible granizo para hoy
- Hallan muerta a una mujer en Villarrica; hay un detenido
- IPS aparta a médico denunciado por presunta ebriedad en Santaní
- Condenan a tres años de cárcel a hombre que mató a un perro en Itauguá