Judiciales

Queda firme pena de 17 años por crimen en Villarrica

La Corte confirmó la condena de 17 años contra un joven por el asesinato de su concubina en Villarrica tras declarar inadmisible su recurso.

La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 17 años de prisión para Nelson Luis Miñarro Marque, hallado culpable de matar a su concubina en Villarrica. La decisión se tomó tras declarar inadmisible el recurso de casación presentado por su defensa.

El fallo fue dictado por la Sala Penal, integrada por los ministros Carolina Llanes, Gustavo Santander y Manuel Ramírez Candia. Con esta resolución, queda firme la sentencia emitida en diciembre de 2023 y ratificada previamente por el Tribunal de Apelación.

El caso corresponde al asesinato de María Mabel Monges Morínigo, ocurrido el 20 de octubre de 2022 en el barrio San Miguel de Villarrica. Según la Fiscalía, el crimen se produjo tras un ataque de celos y consistió en un disparo en la cabeza.

Corte rechaza casación y deja firme la condena

La defensa, encabezada por el abogado Gustavo Alberto Battaglia, había presentado un recurso extraordinario contra la condena. Sin embargo, la Corte consideró que no cumplía con los requisitos legales para su análisis.

La ministra Carolina Llanes, en su voto, señaló que el recurso carecía de fundamentos claros. Indicó que no se expusieron argumentos suficientes para revisar la resolución impugnada.

Además, sostuvo que la defensa no explicó de forma precisa los errores que atribuía a los tribunales anteriores. Por ello, el recurso fue declarado inadmisible de forma unánime.

Detienen a presunto feminicida en Villarrica.
Detención del condenado por el crimen en Villarrica en 2022.

De feminicidio a homicidio doloso simple

Inicialmente, la Fiscalía acusó a Miñarro por feminicidio, que contempla penas más severas. No obstante, el tribunal de juicio cambió la calificación a homicidio doloso simple, con penas de 5 a 20 años.

Los jueces consideraron que no se probó que el crimen haya sido cometido por razones de género. También señalaron que la convivencia de la pareja no cumplía los requisitos establecidos por la ley civil.

El Tribunal de Apelación de Villarrica confirmó esta interpretación, que finalmente fue ratificada por la Corte Suprema al rechazar la casación.

 Fuente: Última Hora