Libertad ambulatoria para Miguel Prieto en causa por perjuicio de G. 306 millones

La Justicia impuso prohibición de salida del país y una fianza real de G. 500 millones al exjefe comunal de Ciudad del Este.

El juez de garantías interino otorgó libertad ambulatoria al exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, en la causa conocida como caso Tajy. El proceso investiga un presunto perjuicio de G. 306.188.500 por supuesto desvío de fondos municipales.

La decisión fue adoptada tras la audiencia de imposición de medidas. Prieto está acusado por supuesta lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal. La investigación apunta a presuntas irregularidades en pagos realizados por mercaderías que, según la acusación fiscal, no habrían existido.

El juzgado dispuso varias medidas para el exjefe comunal. Entre ellas figuran la prohibición de salir del país y una fianza real compuesta por varios inmuebles. Esa garantía deberá cubrir la suma de G. 500.000.000, conforme a lo establecido en la audiencia.

Medidas para Miguel Prieto en el caso Tajy

La audiencia se realizó más de dos años después de la presentación de la imputación. Según el material base, la demora se produjo debido a constantes recursos considerados dilatorios dentro del proceso judicial.

En la causa todavía está pendiente la audiencia preliminar. En esa etapa, el juzgado deberá resolver si Miguel Prieto y los demás acusados afrontarán o no un juicio oral y público por los hechos investigados.

Acusación fiscal por supuesto desvío municipal

La acusación fue presentada por los fiscales Silvio Corbeta, Yeimy Adle y Verónica Valdez. El Ministerio Público sostiene que habría existido un supuesto esquema encabezado por Prieto para desviar recursos municipales.

Según la investigación, el presunto mecanismo habría operado mediante licitaciones públicas direccionadas a empresas afines o funcionales al exintendente. La acusación señala que el perjuicio patrimonial al municipio esteño se produjo por un pago a una empresa proveedora por mercaderías inexistentes.

Fuente: M. C.

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