Jubilación vip: así funcionará el beneficio para parlamentarios

El régimen fija jubilación ordinaria desde los 60 años con 15 años de aportes y un haber equivalente al 80 % del promedio de ingresos legislativos.

La llamada jubilación vip de los parlamentarios quedó sancionada automáticamente luego de que Diputados no tratara el proyecto. Por eso, quedó vigente la versión aprobada por el Senado. La nueva ley mantiene un sistema de jubilación exclusivo para miembros del Congreso, con requisitos distintos a los que tienen otros trabajadores.

Uno de los principales cambios afecta a la jubilación extraordinaria. Desde ahora, los legisladores deberán tener 60 años de edad para acceder a este beneficio. Antes podían hacerlo desde los 55 años. Sin embargo, el requisito mínimo de aportes sigue siendo de apenas 10 años.

Quienes accedan a esta jubilación extraordinaria cobrarán el 60 % del promedio de sus dietas y gastos de representación. Para calcular el monto se tomarán los últimos 120 meses de aportes. Si un parlamentario ya completó los 10 años de contribuciones, pero todavía no tiene 60 años, deberá esperar hasta cumplir esa edad.

¿Cómo funciona la jubilación ordinaria de los parlamentarios?

Para la jubilación ordinaria las condiciones prácticamente no cambiaron. Un legislador podrá jubilarse con 60 años de edad y 15 años de aportes. En ese caso recibirá el 80 % del promedio de sus dietas y gastos de representación correspondientes a los últimos 180 meses. Además, la Comisión Administradora podrá analizar pedidos para completar años de aportes cuando un afiliado no alcance el mínimo requerido.

La ley también establece cuánto deberán aportar quienes están dentro del sistema. Los parlamentarios en actividad seguirán destinando el 24 % de sus dietas y gastos de representación al fondo jubilatorio. En el caso de los legisladores ya jubilados, deberán aportar el 16 % de sus haberes.

El Estado seguirá pagando gastos administrativos

El proyecto establece que el Estado no realizará aportes directos al fondo jubilatorio. Sin embargo, el Presupuesto General de la Nación seguirá cubriendo los salarios y gastos administrativos de la comisión encargada de manejar esos recursos. La legislación anterior ya había eliminado el aporte estatal directo.

Otro punto permite a los afiliados solicitar la devolución del 95 % del dinero que aportaron, bajo las condiciones establecidas. Además, las jubilaciones otorgadas no podrán ser embargadas, salvo por prestación alimentaria o préstamos del propio fondo. Viudos, viudas, hijos e hijas también podrán acceder a pensiones cuando corresponda. Los legisladores del periodo 2023-2028 que ya cumplan las condiciones de la legislación anterior podrán mantener esos beneficios.

Fuente: ÚH

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