Judiciales

Presentan urgimiento a la Corte en caso de censura

La defensa de Christian Chena y del medio RDN solicita a la Corte Suprema resolver la acción de inconstitucionalidad contra resolución del JEM que absolvió a la jueza que censuró a ambos.

Abogada Alejandra Peralta Merlo.

La abogada Alejandra Peralta Merlo, representante legal del empresario Christian Chena y del medio de comunicación RDN, presentó el primer urgimiento ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Este recurso busca que la máxima instancia judicial se pronuncie sobre la acción entablada contra la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) que absolvió a la jueza Gloria Machuca, quien impuso una censura previa contra el medio y su propietario.

Peralta Merlo manifestó que la Corte Suprema está obligada a cumplir con los plazos procesales establecidos y evitar que este expediente quede relegado en los despachos de los ministros. La defensa sostiene que esta causa debe sentar un importante precedente sobre la libertad de expresión en Paraguay, al tratarse de un claro caso donde se impidió informar sobre hechos de interés público relacionados con presunta corrupción.

El caso se originó cuando la jueza de Paz de Trinidad, Gloria Machuca, impuso una censura previa amparada en la Ley de Protección Integral a las Mujeres contra Chena y su medio RDN. Esta medida prohibió durante 365 días cualquier publicación relacionada con Gisele Mousques, esposa del exdirector del Instituto de Previsión Social (IPS), Darío Filártiga, quien había sido señalada en una investigación periodística como presunta recaudadora de comisiones ilegales en licitaciones públicas.

El video difundido, que motivó la denuncia y posterior censura, contenía información sobre supuestos esquemas de corrupción en el IPS, materia de evidente interés público. Sin embargo, la jueza Machuca interpretó dicha publicación como violencia contra la mujer, utilizando la legislación de protección a la mujer como herramienta para silenciar la labor periodística.

La censura impuesta por Machuca fue posteriormente revocada en segunda instancia por la jueza Rosanna Frutos Olguín, quien reconoció que la resolución inicial constituía una censura previa incompatible con un sistema democrático. La magistrada de primera instancia subrayó en su fallo que la información difundida estaba protegida por el derecho a la libertad de expresión y que el Estado debe abstenerse de imponer restricciones indebidas cuando se trata de informaciones sobre asuntos de interés público.

Paralizada en la Corte acción contra fallo del JEM

La defensa de Chena señaló que han recusado a los ministros Manuel Ramírez Candia y César Diesel, quienes integran simultáneamente el JEM como representantes de la Corte Suprema. Esta recusación se fundamenta en que uno de ellos ya se pronunció públicamente afirmando que la censura impuesta no violaba la libertad de expresión, lo que evidencia un prejuzgamiento que compromete su imparcialidad para decidir sobre esta causa constitucional.

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El 17 de febrero, tanto Chena como su representante legal fueron notificados de la decisión del JEM de rechazar in limine la acusación contra la jueza Machuca, sin realizar un estudio de fondo sobre los graves hechos denunciados. Esta resolución del Jurado motivó la acción de inconstitucionalidad cuya resolución ahora se urgencia ante la máxima instancia judicial.

El caso representa un peligroso precedente para la libertad de prensa en Paraguay, al permitir que una legislación diseñada para proteger a las mujeres de la violencia sea utilizada como instrumento para silenciar investigaciones periodísticas sobre corrupción. La demora de la Corte Suprema en pronunciarse sobre este asunto profundiza la incertidumbre jurídica sobre los límites de la libertad de expresión y el derecho de los ciudadanos a estar informados sobre asuntos de interés público en el país.

Fuente: Judiciales.net