Condenan a supuesto líder religioso a 30 años por abuso y trata

El acusado utilizaba su supuesta autoridad espiritual para captar víctimas, someterlas a trabajos forzados y cometer abusos.

La Justicia condenó a Adrián Anselmo Aveiro Silguero, conocido como “Pai Asmud”, a 30 años de prisión y cinco años de medida de seguridad. El fallo responde a hechos de abuso sexual, trata de personas y otros delitos cometidos en Alto Paraná. El proceso judicial abarcó a ocho víctimas, entre niños, adolescentes y adultos, que sufrieron distintas formas de explotación.

La sentencia fue dictada por el Tribunal de Sentencia de Ciudad del Este, presidido por Herminio Montiel. También integraron el colegiado los jueces Zunilda Martínez Noguera y Edgar Lezcano. La acusación estuvo a cargo de la fiscal Vivian Coronel, quien había solicitado diez años adicionales de medida de seguridad. Sin embargo, los magistrados establecieron cinco.

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Entre los delitos acreditados figuran coacción sexual y violación, abuso sexual infantil, trata de personas agravada y violación del deber de cuidado. También se incluyeron actos homosexuales con personas menores de edad, conforme a la denominación penal utilizada en el proceso. Los hechos ocurrieron entre 2018 y 2025 en Ciudad del Este, Hernandarias y Minga Guazú.

Pai Asmud utilizaba su autoridad religiosa para someter a víctimas

Según el Ministerio Público, Aveiro aprovechaba su posición dentro de un grupo umbandista para acercarse a personas vulnerables. Les prometía alojamiento, alimentación y protección espiritual. Posteriormente, las sometía a amenazas, aislamiento, violencia y trabajos sin remuneración. Un informe del Viceministerio de Culto señaló que la organización no contaba con inscripción oficial.

Las investigaciones identificaron inmuebles utilizados en el kilómetro 8 Monday de Ciudad del Este, el Área 6 de Hernandarias y el kilómetro 14 de Minga Guazú. Cinco víctimas fueron sometidas a condiciones de servidumbre. Debían realizar tareas domésticas y trabajos pesados, mientras enfrentaban restricciones para salir o comunicarse con familiares.

El juicio también acreditó agresiones sexuales contra niñas, un niño, adolescentes y una persona adulta. Además, se comprobó la exposición de una niña pequeña a rituales nocturnos con consumo de alcohol, tabaco y situaciones de violencia.

Fiscalía presentó testimonios y pruebas contra el condenado

La acusación incluyó entrevistas en Cámara Gesell, pericias médicas, psicológicas y psiquiátricas. También se incorporaron registros de cobros, objetos utilizados para castigos y análisis informáticos. Los elementos fueron obtenidos durante allanamientos realizados en julio de 2025, cuando Aveiro fue detenido en Minga Guazú.

Además de la pena, el Tribunal prohibió al condenado ejercer actividades de curación espiritual remuneradas y dirigir determinados templos durante cinco años después de recuperar su libertad. La restricción alcanza establecimientos que alojen personas o permitan la participación de menores. Tras su detención, nuevas víctimas acudieron a la Fiscalía para denunciar hechos similares.

Fuente: PDS

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